Constitución de régimen de propiedad en condominio
Descripción y Requisitos
Es la regulación mediante la constitución de un régimen de varias propiedades que físicamente estan construidas en una sola extensión de tierra.
1.- Titulo de propiedad del inmueble (escritura con datos de inscripción en el registro público de la propiedad).
2.- Si adquirió primero el terreno y después construyo, o se ampliaron las construcciones, además se requiere presentar:
- Licencia de uso de suelo.
- Alineamiento y número oficial.
- Licencia de construcción o ampliación según sea el caso.
- Aviso o manifestación de obra privada o ampliación según el caso.
3.- Reglamento del condominio aprobado por la autoridad.
4.- Tabla de indivisos aprobados por la autoridad.
5.- Descripción del régimen aprobada por la autoridad.
6.- Descripción de áreas privativas con superficies, medidas y colindancias aprobadas por la autoridad.
7.- Licencia de cambio a régimen de propiedad en condominio.
8.- Planos autorizados.
9.- En su caso boletas prediales y de agua de las áreas privativas (salvo que la autoridad exija primero la escritura del régimen para proporcionar estas, depende de cada municipio).
10.- Acta de matrimonio del (los) propietarios (si cuando adquirió el inmueble estaba casado).
11.- Si el propietario del inmueble va a estar representado al momento de la escritura, se requerirá el poder ante notario en el cual consten las facultades de representación, así como los generales del apoderado.
12.- Si el propietario del inmueble una sociedad, se recurrirá además:
- Acta constitutiva de la sociedad, así como todas las reformas que hubiese sufrido la misma.
- Nombre del apoderado, así como sus generales.
- Poder notarial o escritura en la que consten sus facultades para representar a la sociedad con facultades adecuadas.
13.- Si el propietario del inmueble es mexicano por nacimiento pero hijo de padre o madre extranjero, requerirá presentar el certificado de nacionalidad mexicano por nacimiento correspondiente.
14.- Si el propietario del inmueble es extranjero, se requerirá presentar el documento que acredite su legal estancia en el país.
15.- identificación oficial (credencial de elector o pasaporte vigente).
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