Constitución de personas morales
Descripción y Requisitos
La que se conforma con personas físicas (o morales), con personalidad jurídica y patrimonio propios, diferentes de los de sus integrantes.pueden ser:
Sociedad Civil (SC)
Es aquella en la que sus integrantes, se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos, para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico, que no constituya una especulación comercial.
Asociación Civil (AC)
Es aquella en la que sus integrantes convienen en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico.
Sociedades Mercantiles (SM)
Son las que se constituyen para realizar una especulación comercial, entre las que figuran:
Sociedad Anónima de capital Variable (SA de CV)
Es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. Su capital social está integrado por una parte fija y otra variable. El mínimo de socios es de 2 y el capital mínimo es de $50,000.00
Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)
Es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, pues sólo serán cedibles en los casos y con los requisitos que establece la presente ley. El máximo de socios es de 50 y el capital mínimo de $3,000.00
Sociedad Cooperativa
Es la que se constituye entre personas físicas con base en intereses comunes y en principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios. Son de capital variable, se constituyen con un mínimo de 5 socios y tienen duración indefinida. En sus Asambleas, se reconoce un voto por socio, independientemente de sus aportaciones.
Requisitos
1. Datos generales de cada accionista, socio o asociado (nombre completo, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, ocupación, domicilio, cédula fiscal, CURP).
2. Posibles denominaciones para la sociedad o asociación (mínimo 3).
Objeto de la sociedad o asociación.
3. Monto del capital de la sociedad (mínimo $50,000.00).
4. Integración del capital social, con valor de cada acción.
Domicilio de la sociedad o asociación.
5. Duración de la sociedad o asociación.
6. Forma de administración de la sociedad o asociación y nombres de los administradores.
Nombre del Comisario de la sociedad.
7. Otorgamiento de poderes. Designación de apoderados de la sociedad o asociación y sus facultades.
8. Determinar si la sociedad admitirá o no extranjeros.
9. En caso de que los otorgantes comparezcan por apoderado o cuando se trate de personas morales que serán socios, el testimonio de la escritura en que acrediten sus facultades para la constitución de la sociedad, así como los datos generales e identificación oficial y CURP del representante.
10. En caso de institución del sistema financiero, permiso de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
11. Si la notaría dará de alta a la sociedad en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá entregar el formulario y anexos correspondientes.
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